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ODCA - PARAGUAY | DECLARACIÓN PÚBLICA SOBRE SITUACIÓN DE PARAGUAY

Editor Noticiero DC |

Ante los hechos suscitados en la República de Paraguay el viernes 22 de junio que culminaron con la destitución del presidente de Paraguay, Fernando Lugo, la ORGANIZACIÓN DEMÓCRATA CRISTIANA DE AMÉRICA (ODCA) emite la siguiente
DECLARACIÓN PÚBLICA

Considerando:
1. Que la Cámara de Diputados de Paraguay resolvió el 21 de junio de 2012 iniciar un juicio político contra el presidente Lugo, y al día siguiente la Cámara de Senadores votó la destitución con 39 votos a favor, cuatro en contra y dos ausencias. 

2. Que la resolución sobre el procedimiento a seguir, aprobada por el Senado de Paraguay el 21 de junio, estableció que el Presidente Lugo debía presentar su defensa al día siguiente y por espacio de dos horas. 
3. Que según informes de las autoridades paraguayas, fue rechazada una solicitud de más tiempo para preparar la defensa presentada ante el Senado por los representantes del presidente Lugo.
4. Que el ordenamiento constitucional paraguayo establece la procedencia del juicio político por mal desempeño de funciones en el caso de “delitos” cometidos en el ejercicio de sus cargos o por “delitos comunes”. 
5. Que la acusación presentada señala en el punto 3 (“Pruebas que sustentan la acusación”) que “todas las causales mencionadas, son de pública notoriedad, motivo por el cual no necesitan ser probadas, conforme a nuestro ordenamiento jurídico vigente”.

Declara:
1. La Organización Demócrata Cristina de América (ODCA) expresa su profunda preocupación ante la destitución del presidente de Paraguay, Fernando Lugo, cuyo trámite –sin duda- debe sujetarse al debido proceso.
2. La ODCA reconoce que el artículo 225 de la Constitución del Paraguay confiere facultades a la Cámara de Diputados para iniciar un juicio político y al Senado para actuar como tribunal, a través de un procedimiento ajustado a la ley que debe también cumplir otras normas constitucionales como los artículos 17 y 18 y los tratados internacionales que consagran los principios universales del debido proceso y del derecho a la legítima defensa.
3. La ODCA expresa preocupación de que un procedimiento de esta naturaleza genere dudas respecto a los fundamentos que la originaron y respecto a las formalidades del debido proceso.
4. La ODCA lamenta que tras esta destitución, un total de 18 presidentes electos desde el retorno a la democracia en la mayoría de los países del continente no han terminado su período constitucional, representando un retroceso en la estabilidad y la continuidad democrática en América Latina.
5. La ODCA exhorta a las autoridades paraguayas a revisar el proceso a la luz del Derecho, a reparar las irregularidades que en su caso pudieran existir y aclarar a la comunidad internacional la legalidad de la medida.
6. Solo la efectiva vigencia del Estado de Derecho podrá ser sustento real de la legitimidad emanada de las normas, porque la legitimidad democrática solo podrá ser repuesta a través de la expresión de la voluntad ciudadana que en todo régimen democrático se manifiesta a través del voto libre de sus ciudadanos.