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COSTA RICA | APROBADO EN PRIMER DEBATE TRANSFORMACION DEL IDA EN EL INDER.

Editor Noticiero DC |

El Plenario Legislativo, aprobó el día de hoy el EXPEDIENTE  No. 17218, “TRANSFORMACION DEL  IDA  EN EL  INDER”.   Este proyecto es uno de los de la Agenda de Consenso que promovió la fracción del PUSC desde mayo del 2010.
Cabe destacar la participación determinante del legislador socialcristiano don Walter Céspedes Salazar, quien coordinó la subcomisión  para lograr el consenso  necesario dentro de la misma, luego en su condición de diputado miembro de la Comisión de Agropecuarios, y finalmente su aporte como Presidente de dicha Comisión Legislativa donde se dio el Dictamen Unánime Afirmativo del texto sustitutivo aprobado.   De manera tal que de aprobarse  en su Segundo Debate, se tendría por transformado el IDA en el “Instituto de Desarrollo Rural” -INDER-.

“La transformación que se propone al Instituto, consiste en incorporar una nueva visión de desarrollo rural, logrando así que dicha institución coadyuve en la organización de las comunidades, ampliando sus competencias más allá de lo agrario.
Para lograr este cometido, se propone impulsar una estructura organizativa a través de “la creación de dos instancias organizativas vinculadas entre sí, pero con características propias, para incentivar, por una parte, el acceso a la tierra bajo las modalidades de arrendamiento, ahorro y préstamo, asignación y usufructo.  Y por otra, la prestación de los servicios necesarios para el desarrollo que requieran las explotaciones agropecuarias y los territorios rurales”, estas son la Subgerencia de Tierras y la Subgerencia de Desarrollo Rural, explicó el legislador Walter Céspedes.
“En relación con la participación comunitaria, la iniciativa en estudio, dispone que el Instituto de Desarrollo Rural (INDER), proporcionará la organización de las comunidades, distritos, cantones, circunscripciones de cuencas hidrográficas y regiones, mediante la creación y el fortalecimiento de organizaciones representativas de todos los ciudadanos, basándose para ello en una serie de estructuras que se señalan en el proyecto.
Para dar cumplimiento a las nuevas funciones y potestades del INDER, se pretende conservar los recursos financieros y el patrimonio con que cuenta actualmente el IDA y eliminar las restricciones presupuestarias”, dijo Céspedes Salazar.
“Aprobemos hoy este proyecto para que los campesinos se puedan comer el tamal con tranquilidad en esta navidad.  Recordemos que este proyecto propone  resolver una serie de problemas que actualmente la legislación no le permite al IDA servir eficientemente al campesinado”, señaló el diputado Walter Céspedes al solicitar el voto de los diputados.
Fundamentalmente la iniciativa proyecta siete diferencias sustanciales en relación con lo dispuesto en la Ley de Creación del Instituto de Desarrollo Agrario,  No. 6735 del 29 de marzo de 1982.  Estas son: a) los fines de la Institución; b) la competencia y potestades del INDER; c) la integración y funciones de la Junta Directiva; d) las funciones del Presidente Ejecutivo; e) la estructura interna de la Institución; f) creación de las Subgerencias de Tierras y de Desarrollo Rural y g) creación de la Comisión Técnica Institucional.

Serán funciones del Instituto de Desarrollo Rural (INDER):

a) Ejecutar la política del Estado para el desarrollo rural incluyendo la dotación de tierras, en coordinación con los órganos competentes del sector público, de las organizaciones privadas y de la sociedad civil, promoviendo las alianzas público-privadas necesarias y facilitando los esquemas de coinversión”.
b)   Fomentar la producción y la diversificación económica del medio rural, tomando en cuenta la multifuncionalidad de servicios que brinda a la sociedad, sus potencialidades productivas y su contribución al uso racional de los recursos naturales, a la conservación de la biodiversidad, el mejoramiento de los espacios y paisajes rurales y la protección del patrimonio natural y cultural, en los diversos territorios rurales del país.
c)  Impulsar la competitividad de las empresas rurales, en especial las economías familiares campesinas y los pequeños y medianos productores que les permitan alcanzar, sostener y mejorar su posición en su entorno nacional e internacional.
 d) Apoyar la formación y operación de agrocadenas en el proceso de obtención de productos con valor agregado y servicios originados en el medio rural, dentro de un marco de comercio justo desde su etapa de pre-producción, hasta los procesos de transformación, industrialización y comercialización final. En ese sentido, promoverá la contratación agroindustrial entre productores rurales, industriales y comercializadores.
La contratación agroindustrial es de interés público y se entenderá como un proceso de integración de los distintos sectores que participan en la misma y estará regida por principios que busquen establecer un régimen equitativo, garantizando la participación racional y justa de cada sector.
La contratación agroindustrial como proceso de integración productiva, se entenderá bajo los parámetros de fomento a la producción y distribución equitativa de la riqueza.
e)   Facilitar el acceso de los productores rurales en sus propios territorios, al recurso tierra, al conocimiento, la información, el desarrollo tecnológico y los servicios de apoyo requeridos para generar nuevos productos y procesos, fomentando la calidad y la inocuidad en sus actividades productivas y de servicios.
f)    Facilitar a los pobladores rurales, el registro y la protección de su conocimiento ancestral, denominaciones de origen, indicaciones geográficas y de las innovaciones que realicen ante los entes públicos correspondientes.
g)   Estimular la organización empresarial y social en los territorios rurales bajo los principios de participación, solidaridad, equidad generacional y de género, estableciendo organizaciones de carácter asociativo, comunitario o de otro tipo.
h)   Promover el bienestar y el arraigo de la población en los territorios rurales del país, el desarrollo humano de sus habitantes, el disfrute de sus derechos ciudadanos y su participación en los procesos de desarrollo económico, social, ambiental e institucional, en un marco de equidad y sostenibilidad, contemplando criterios de género, integración de la población de personas con discapacidad y personas de la tercera edad.
i)    Ofrecer, en forma directa recursos financieros y técnicos mediante el sistema de crédito rural del INDER u otro mecanismo que se cree al efecto o en asocio con el Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD) y el resto del Sistema Financiero Nacional, y organismos de cooperación y capacitación, por medio de alianzas estratégicas, para el desarrollo de planes específicos, tendientes a mejorar la organización, la extensión y el uso del crédito.
j)    Gestionar, y utilizar la cooperación y  el asesoramiento de organismos nacionales e internacionales, vinculados con el sector de su competencia.
k)   Promover y realizar todo tipo de estudios necesarios, en coordinación con los organismos correspondientes, para determinar  el uso y  manejo sostenible del recurso tierra.
l)    Ejecutar acciones de manera directa en lo que esta Ley le autoriza y colaborar con otras entidades para apoyar a sus beneficiarios en casos de desastres naturales ocurridos en los territorios rurales, debidamente declarados de manera oficial, de modo que permita cubrir necesidades de reubicación, rehabilitación, restauración y reactivación requeridos.
m) Estimular los proyectos innovadores, de los estudiantes egresados de los Colegios Agropecuarios y académicos establecidos dentro de los Territorios Rurales, brindándoles asesoría y recursos para que dichos proyectos sean viables.
n) Gestionar ante los organismos competentes, la creación de infraestructura y el establecimiento de los servicios públicos necesarios para impulsar el desarrollo rural, sin perjuicio de que el Instituto pueda realizar estas obras con recursos propios.