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COSTA RICA. Fishman desafía a Tribunal sobre uso de encuestas

Editor Noticiero DC |

El candidato presidencial por el Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), Luis Fishman, desafió ayer al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) al asegurar que usará datos de encuestas “imparciales” aunque no estén autorizadas aquí.

Sus declaraciones responden a la apertura de una investigación por parte de la Inspección Electoral sobre la difusión de datos de un estudio de opinión en Costa Rica realizado por la empresa hondureña Tecnología Empresarial.

Los resultados de esa encuesta le atribuyen a Fishman un mayor respaldo electoral que otras realizadas por firmas autorizadas aquí. Por esa razón, el candidato hizo publicidad con esas cifras.

“Que no pierdan el tiempo en esas estupideces. Lo que hizo el partido fue tomar información de una agencia noticiosa y reproducirla. Si vuelven a salir agencias noticiosas dando resultados de encuestas imparciales, volveremos a repetirlas”, declaró el candidato vía telefónica desde Estados Unidos.

“Confiamos más en encuestas internacionales que nacionales, pero en vez de estar perdiendo tiempo en esas tonteras (el TSE) debería preocuparse por ver de dónde hay candidatos que tienen vallas cada cien metros y una pauta de millones de dólares”, añadió.

De acuerdo con el Tribunal, la firma Tecnología Empresas no se inscribió como lo obliga el Código Electoral, de ahí que sea prohibido difundir sus encuestas.

Ante estas circunstancia, el Registro Electoral solicitó a la Inspección Electoral investigar si los resultados fueron dados a conocer, pese a la prohibición.

“La investigación incluye tanto a directores de medios como a cualquier persona que podría incumplir esta obligación. Estamos investigando con base en el monitoreo de medios que hacemos”, explicó Héctor Fernández, director del Registro Electoral.

En caso de hallarlos responsables de la falta electoral, el Registro puede imponer multa de dos a 10 salarios base a los directores o encargados de medios que autorizaron la publicación. La sanción será de 10 a 50 salarios base para personas físicas o jurídicas que hayan promovido la difusión.

La decisión del Registro puede ser impugnada ante los magistrados del TSE, quienes actúan como jueces electorales.