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VENEZUELA. Cobro de impuestos ilegal

Editor Noticiero DC |

El Concejal Metropolitano y Subsecretario Nacional de Copei, Alejandro Vivas aseguró este jueves que los argumentos presentados por las autoridades del Distrito Capital para justificar el cobro de impuestos, confirman que si existe el delito de concusión.

Vivas explicó que la semana pasada las autoridades del Servicio Autónomo Tributario del Distrito Capital, a través de su superintendente, Ricardo Lanz, indicaron que los cobros realizados son fundamentados en la Disposición Transitoria Décimo Tercera de la Constitución.

El Edil Metropolitano le recordó a los funcionarios tributarios del Distrito Capital, que “mientras que no exista una ley para la recaudación de impuestos en la entidad el numeral 7° del artículo 167 de la Constitución no entra en vigencia”.

Afirmó que dentro del artículo 6, numeral 7° de la Ley Especial sobre la Organización y Régimen Municipal del Distrito Capital, se incorpora una norma semejante atributiva de competencia para crear, organizar, recaudar, controlar y administrar el ramo de papel sellado, timbres fiscales y estampillas, pero que necesita una ley de la Asamblea Nacional para que la entidad asuma esa competencia.

Alejandro Vivas, aseveró que las justificaciones del Superintendente del SAT-DC, Ricardo Lanz, “constituyen una confesión en la comisión del delito de concusión contenido en la Ley Contra la Corrupción, pues están cobrando un impuesto sin contar con los instrumentos jurídicos para hacerlo”.

El concejal le solicitó a las autoridades del DC que vuelvan a leer la sentencia 572 de la Sala Constitucional, porque en ella se reafirman los argumentos esgrimidos en su denuncia presentada ante el Ministerio Público por la comisión del delito concusión o cobro ilegal de impuestos.

Reiteró que “el Distrito Capital, en vigor desde el 13 de abril de este año, tiene la competencia en el cobro de impuestos, pero no ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la disposición transitoria decimotercera de la carta magna, es decir, aún no ha dictado la Ley para asumir esa competencia, por lo tanto no puede cobrar ese tributo, y mientras lo siga haciendo, el delito de concusión será agravado y continuado, y las penas serán mucho más graves para los funcionarios que pretendan su cobro”.