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CHILE | COMISION DE DDHH APRUEBA PROYECTO POR MECANISMO NACIONAL DE PREVENCION CONTRA LA TORTURA

Noticiero Demócrata Cristiano |

Como un “importante avance”, que le permite a Chile cumplir con los estándares internacionales en materia de Derechos Humanos, calificó el diputado DC y presidente de la Comisión de Derechos Humanos, Sergio Ojeda la aprobación del proyecto de ley que habilita al Instituto Nacional de Derechos Humanos como el Mecanismo Nacional de Prevención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
Con esta modificación legal, nuestro país está ratificando los acuerdos internacionales en los que se compromete a   disponer  de  los instrumentos necesarios  para prohibir actos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, como lo fue la Convención contra la Tortura, el 30 de septiembre de 1988, y luego el Protocolo Facultativo, el 12 de diciembre de 2008.

En ese sentido, el diputado Sergio Ojeda  explicó que “esta tarde aprobamos una iniciativa que nos permite dar un paso más en materia de Derechos Humanos, habilitando al  INDH  como el encargado del  Mecanismo Nacional de prevención contra la tortura, penas crueles, inhumanas y degradantes  en contra  de personas que se encuentren privadas de libertad”.
Para cumplir con este objetivo, Ojeda  precisó que “el Comité examinará periódicamente las condiciones de las personas privadas de libertad y el trato que reciben. Para ello, el Comité podrá realizar visitas de distinta índole de acuerdo a la metodología y el plan de trabajo que haya diseñado. Asimismo, los expertos y expertas del Comité se reunirán con todas las personas que deseen, de manera privada, teniendo acceso ilimitado a cualquier parte del recinto de privación de libertad”.
 Respecto a las atribuciones que tendrá el INDH para llevar a cabo esta importante tarea, el diputado Ojeda detalló que “deberán examinar periódicamente las condiciones de las personas privadas de libertad y el trato que reciben, realizar visitas periódicas y de monitoreo a los lugares de privación de libertad que determine libremente. Para ello contará con acceso inmediato a tales lugares y a sus instalaciones y servicios, sin expresión de causa ni notificación previa, con el fin de desempeñar las funciones que esta ley le otorga”.
Además,  Ojeda indicó que “deberá confeccionar un informe anual y de carácter público que contenga el trabajo realizado por el Comité y las recomendaciones específicas destinadas a prevenir y erradicar la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”.
El Comité encargado del Mecanismo Nacional de Prevención contra la Tortura estará integrado por un mínimo de nueve integrantes, que tendrán la calidad de expertos y expertas, los cuales llevarán a cabo las tareas establecidas en la ley con dedicación exclusiva. Los expertos y expertas serán escogidos por la mayoría simple del Consejo del Instituto, teniendo en consideración el equilibrio de género y la adecuada representación de los grupos minoritarios.