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COSTA RICA | WALTER CESPEDES MOCIONA PARA QUE RECURSOS DEL PRESTAMO BID SE MANEJEN CON EFICIENCIA, CONTROLES Y TRANSPARENCIA

Editor Noticiero DC |

El legislador socialcristiano Walter Céspedes Salazar ha reiterado seis mociones tendientes a que junto con la aprobación del Préstamo del BID “EXPEDIENTE Nº 18.157 contrato de préstamo Nº 2526/OC-CR suscrito entre la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo para financiar el programa para la prevención de la violencia y promoción de la inclusión social”; se incorporen unos acápites que resultan necesarios para una ejecución transparente en el uso de los dineros provenientes de dicho contrato de préstamo, y que permita una fiscalización sobre los recursos del empréstito.

“Con la aprobación de la ley que dará este Plenario para contratar el préstamo con el BID, el gobierno de turno y los posteriores gobernantes deberán, por imperio de las cláusulas propuestas, rendir  informes a esta Asamblea Legislativa en forma semestral del uso que se le irá dando a cada Colón que se gaste en el proyecto de Prevención de la violencia y promoción de la inclusión social.   Deberá saber el Poder Ejecutivo que no se le está dando un cheque en blanco para gastar a su antojo, sino que los gastos e inversiones deberán corresponder a los presupuestos que han dado lugar a la planificación del programa”, expresó Walter Céspedes.
“Yo espero que los compañeros diputados y diputadas de todas las bancadas políticas de esta Asamblea Legislativa, aprueben estas mociones, las que originalmente me fueron rechazadas en la Comisión que analiza el proyecto.  Estas mociones en resumen establecen lo siguiente:
·         Toda persona, física o jurídica, que pretenda suscribir cualquier tipo de contrato con cargo a los recursos de este fideicomiso, deberá demostrar estar al día en sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social y estar inscrita como contribuyente ante la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda.”
·         Prohíbase a cualquier persona física que haya participado en la negociación del presente Contrato participar en forma remunerada en el órgano ejecutor o en cualquier tipo de actividad remunerada que se desprenda de su ejecución.
·         Una vez adjudicado el Contrato, el Ministerio de Justicia deberá publicar, en su sitio de Internet y en el diario oficial La Gaceta, la siguiente información:
o    Los nombres de todos los consultores que presentaron propuestas.
o    El puntaje técnico asignado a cada consultor.
o    Los precios evaluados de cada consultor.
o    El puntaje final asignado a los consultores.
o    El nombre del consultor ganador, el costo y la duración.
·         El Ministerio de Justicia, presentará semestralmente ante la Comisión Permanente Especial para el Control del Ingreso y del Gasto Públicos de la Asamblea Legislativa, así como ante la Contraloría General de la República y la Defensoría de los Habitantes, durante la vigencia del presente Fideicomiso, un informe sobre el cumplimiento de las obligaciones dispuestas en el presente Fideicomiso
·         Para fijar los montos que se pagarán por concepto de servicios de consultoría, se deberán utilizar como parámetro los principios de razonabilidad y proporcionalidad entre el monto por pagar a causa del servicio contratado, el grado de complejidad y los resultados esperados de él.
·         En el caso de que el adjudicatario opte por ejecutar las obras que se derivan de este Contrato mediante licitación, publicará en la página web del Ministerio de Justicia  y en el Sistema Compra Red del Ministerio de Hacienda y en otros medios que considere pertinentes, con un máximo de diez días hábiles después de la firmeza del acto, lo siguiente: La oferta licitatoria y los términos de referencia. Las ofertas completas     recibidas, inmediatamente después de la fecha y la hora determinadas como límite para la presentación de ofertas. La empresa seleccionada y las razones para seleccionarla. El contrato firmado con la empresa seleccionada. Las adendas que se lleven cabo para el cumplimiento de las obras. Los informes de cumplimiento que se establezcan en el contrato para realizar Ios pagos parciales.”, concluyó el legislador socialcristiano Céspedes Salazar