.

CHILE | DIPUTADOS DC RESPALDAN PROYECTO QUE SANCIONARA INCITACION AL ODIO Y LA VIOLENCIA

Noticiero Demócrata Cristiano |

“Con esta ley estaremos adaptando nuestro derecho penal a los estándares internacionales de derechos humanos y avanzando en paz social”, señaló el subjefe de la bancada DC, Gabriel Silber.
Como un proyecto de ley “que esperamos cuente con el respaldo de todos los sectores políticos y sociales“, calificaron hoy el subjefe de la bancada DC, Gabriel Silber y los diputados DC integrantes de la comisión de Derechos Humanos, Sergio Ojeda y Claudio Arriagada, la iniciativa firmada hoy por la Presidenta Bachelet y que, en lo medular, busca sancionar a quienes inciten y promuevan el odio y la violencia en el país.

Según lo señalado por el subjefe de la bancada, Gabriel Silber, quien asistió hoy a la firma del proyecto “nuestro país ha sido testigo de lamentables y condenables hechos de violencia contra personas, ya sea por su condición sexual, origen nacional o étnico, sexo y (o) religión entre otras situaciones. Atentados y ataques inexplicables, irracionales que nos alejan de una sociedad civilizada y que convive con sus semejantes de manera respetuosa. La violencia y la incitación al odio son enemigos de la paz social, siempre “.
El presente proyecto tipifica el delito de incitación a la violencia, buscando sancionar la promoción de la intolerancia hacia grupos vulnerables o hacia alguno de sus miembros, a causa de expresiones  racistas o que tengan como base la identidad nacional o étnica, el sexo, la orientación sexual, identidad de género o la religión o creencias de la víctima, como expresión de las más graves y extremas formas que puede adquirir el discurso de violencia, acorde con los instrumentos internacionales sobre derechos humanos.
El proyecto señala que  “el que públicamente o a través de cualquier medio apto para su difusión pública, incitare directamente a la violencia física en contra de un grupo de personas o de un miembro de tal grupo, basado en la raza, origen nacional o étnico, sexo, orientación sexual, identidad de género, religión o creencias de la víctima, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo y multa de treinta a cincuenta unidades tributarias mensuales. “
Se agrega que “la pena corporal asignada en el inciso anterior se aumentará en un grado, y la multa se impondrá en su grado máximo, cuando las conductas se hubieren realizado por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de su cargo.”.