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EL SALVADOR | CORTE SUPREMA CONGELA CANCELACION DE PCN Y PDC

Editor Noticiero DC |

La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia ya alcanzó los cuatro votos requeridos para suspender la cancelación del Partido de Conciliación Nacional (PCN) y del Partido Demócrata Cristiano (PDC).
La sala ha obtenido la unanimidad necesaria para admitir las demandas interpuestas por el PCN y el PDC contra el Tribunal Supremo Electoral (TSE) por haber dejado en firme su cancelación solo con tres de las cinco firmas de los magistrados electorales.
Los magistrados de lo Contencioso Miguel Cardoza, Lolly Claros y Roxana Núñez avalaron admitir la demanda de los políticos desde la semana pasada. El magistrado Marcel Posada, sin embargo, no respaldó la decisión.
La sala llamó a votación al magistrado suplente Ricardo Suárez Fischnaler, quien, según fuentes judiciales, ha dado el voto a favor para aceptar las dos demandas.

Los magistrados de lo Contencioso con la admisión establecen que se debe suspender el acto reclamado, es decir, le ordenan al TSE que reconozca al PDC y al PDC como partidos políticos, mientras se define si fue legal o no el proceso para cancelarlos.
El TSE, no obstante, el pasado 23 de septiembre mandó a publicar al Diario Oficial la cancelación de los dos partidos (ver documento).
“Ellos (los partidos) lo que alegan es la ilegalidad del proceso, que no se malentienda que la admisión implica que no se les va a cancelar nunca. Si se llegara a determinar que la cancelación fue ilegal, el proceso se puede volver a hacer en el TSE sin los vicios con que se hizo”, explicó una fuente de la Sala de lo Contencioso.
Tanto PCN como PDC, además de pedir que la Corte declare ilegal su cancelación, exigen una indemnización económica. Conciliación Nacional quiere que el TSE le pague $2.5 millones, y la Democracia Cristiana exige $820,000.
El PDC también anunció sendas demandas civil y penal contra el magistrado presidente del TSE, Eugenio Chicas.
Rodolfo Parker, secretario general del cancelado PDC, dijo la semana pasada que la demanda contra el efemelenista Chicas sería interpuesta por los delitos de “prevaricato y actos arbitrarios” derivados de la resolución que botó más de medio siglo de vida partidaria.
Antecedentes
El artículo 4 de la Ley de lo Contencioso establece que “no corresponden a la jurisdicción administrativa los actos del Consejo Central de Elecciones y demás organismos electorales”. Con base en ese artículo, la actual sala rechazó en 2006 una demanda contra el TSE presentada por el Partido de los Trabajadores.
Sin embargo, PDC y PCN aclaran en sus demandas que acudieron a la Sala de lo Contencioso porque consideran que esta sí es competente para resolverles, porque “se trata de actos administrativos y no exclusivamente electorales” los que están siendo sometidos a revisión.
Sin notificar
Ni los partidos políticos ni el tribunal electoral habían sido notificados ayer sobre la resolución de la Sala de lo Contencioso de la Corte Suprema de Justicia.
Los magistrados del TSE Douglas Alas y Eduardo Urquilla aseguraron ayer por la tarde que no tenían ninguna notificación por parte de la Corte.
LA PRENSA GRÁFICA también consultó fuentes del PDC pero afirman que tampoco habían sido notificadas.